Desde el 1 de noviembre de 2026, todo lo que un profesional presenta ante Registro de Obras de la Ciudad de Buenos Aires va con firma digital y con la encomienda de su consejo profesional, también firmada digitalmente. Lo dispuso la Resolución 227/SECGDU/26. Para la carpeta de estructura cambia poco del contenido y bastante del trámite: quien calcula tiene que tener la firma digital vigente y la encomienda lista antes de cada presentación.
Respuesta corta
- Qué: firma digital en toda documentación con firma profesional (art. 1) y encomienda del consejo, firmada digitalmente, en toda presentación, «sin excepción» (art. 2).
- Dónde: ante las direcciones generales de la Secretaría de Gestión y Desarrollo Urbano: Registro de Obras y Catastro, Interpretación Urbanística y Estrategia Urbana e Innovación.
- Desde cuándo: 1 de noviembre de 2026. Firmada el 18 de septiembre y publicada en el Boletín Oficial porteño n.º 7460, del 24 de septiembre.
- Para la estructura: los planos y planillas de cálculo van firmados digitalmente por el calculista, con su encomienda en cada presentación. La declaración jurada que hoy suple la firma digital no está prevista en la resolución.
- Antes del 1 de noviembre: verificar el certificado de firma digital y tramitar las encomiendas con anticipación, como recomienda el CPIC.
Qué dice la resolución
La Resolución 227/SECGDU/26 tiene dos artículos de fondo:
- Artículo 1: a partir del 1 de noviembre de 2026, toda documentación que requiera la firma de los profesionales intervinientes y se presente ante las direcciones generales de la Secretaría de Gestión y Desarrollo Urbano tiene que estar suscripta con firma digital.
- Artículo 2: toda presentación de un profesional ante esas direcciones tiene que ir acompañada por la encomienda profesional expedida o visada por el consejo profesional competente, y suscripta por el profesional con firma digital, «sin excepción».
El artículo 3 la comunica a las direcciones generales de Registro de Obras y Catastro, de Interpretación Urbanística y de Estrategia Urbana e Innovación. Los considerandos explican el porqué: agilizar los trámites y darle más sustento legal a la documentación firmada en digital. La base legal es la Ley nacional 25.506 de firma digital, a la que la Ciudad adhirió por la Ley 2.751.
Fuente: Resolución 227/SECGDU/26, Secretaría de Gestión y Desarrollo Urbano del GCBA, firmada el 18-sep-2026 y publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires n.º 7460 del 24-sep-2026, leída entera en el PDF oficial; ficha de la norma en el Boletín Oficial porteño, sin normas modificadas ni derogadas. Verificado el .
Qué ya existía y qué es nuevo
La firma digital no llega de golpe. Desde el 1 de julio de 2020, los planos de mensura, de obra y de instalaciones que se registran por la plataforma TAD tienen que subirse en PDF con la firma digital de los profesionales actuantes (Resolución 51/2020). Ese mismo año, una resolución de la Subsecretaría de Registros, Interpretación y Catastro admitió, con carácter excepcional y temporal, una declaración jurada en lugar de la firma digital para quien no la había tramitado durante la pandemia (Resolución 62/2020).
Hoy, la ficha del trámite de registro de plano de obra civil pide, como mínimo, la encomienda del proyectista, y en los trámites de plano único y mixto también la del estructuralista o calculista. Los planos validados se suben al final en PDF firmado digitalmente o, en su defecto, con la declaración jurada profesional.
Lo nuevo de la 227:
- la firma digital alcanza a toda la documentación con firma profesional, no solo a los planos que se registran;
- la encomienda va en toda presentación, firmada digitalmente por el profesional, sin excepción;
- la resolución no prevé la declaración jurada como alternativa a la firma digital;
- alcanza también a Interpretación Urbanística y a Estrategia Urbana e Innovación.
Fuente: Resolución 51/2020 de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Resolución 62/2020 de la Subsecretaría de Registros, Interpretación y Catastro, fichas del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; ficha del trámite «Registro de plano de obra civil: etapa proyecto» en buenosaires.gob.ar, consultada el 24-oct-2026, que todavía no menciona la Resolución 227. Verificado el .
Qué cambia para la carpeta de estructura
El contenido no cambia: el Código de Edificación sigue pidiendo el proyecto estructural para toda obra nueva, ampliación o modificación que altere la estructura, con planos y planillas que identifican cada elemento. Qué lleva esa documentación y quién la firma está en la nota sobre la memoria de cálculo. Lo que cambia es cómo se firma y qué la acompaña:
- Los planos y planillas de cálculo, firmados digitalmente por el calculista. Un PDF escaneado con firma manuscrita no cumple: la firma digital va en el archivo.
- La encomienda del calculista en cada presentación, expedida o visada por su consejo y firmada digitalmente. Si el expediente tiene observaciones y vuelve a presentarse, también va.
- La matrícula en el consejo que corresponde. La encomienda la emite el consejo profesional competente en la Ciudad. Para un ingeniero civil es el CPIC; un calculista de otra provincia necesita estar matriculado ahí para que haya encomienda que acompañar.
- Sin plan B. Si hoy alguien del equipo presenta con declaración jurada, desde el 1 de noviembre necesita la firma digital.
Obras en CABA
¿Tenés que presentar la estructura después del 1 de noviembre?
Calculamos la estructura y entregamos los planos, las planillas y la memoria en PDF, preparados para la firma digital y con los datos para tramitar la encomienda. Todo a distancia.
Pedir presupuestoQué hacer antes del 1 de noviembre
- Revisar el certificado de firma digital de cada profesional que firma: proyectista, calculista e instaladores. Es la firma digital de la Ley 25.506.
- Sacarla si no la tenés. Según el CPIC, se tramita en el Consejo o en cualquier dependencia habilitada como autoridad de registro, en forma gratuita.
- Tramitar las encomiendas con anticipación. El CPIC las gestiona totalmente a distancia en su plataforma Sign Box, que pide la firma digital registrada.
- Firmar los PDF en digital, no escanear planos firmados a mano.
- Si tenés un trámite abierto, hacer la próxima presentación ya con firma digital y encomienda. La resolución no tiene cláusula de transición; ante la duda, consultar a la Dirección General de Registro de Obras y Catastro.
Fuente: CPIC, página de la plataforma Sign Box y nota «Novedades del Boletín Oficial» del 30-sep-2026, con la recomendación de verificar los certificados y tramitar las encomiendas con antelación. Verificado el .
Qué hace EDICI
Calculamos estructuras para obras en la Ciudad de Buenos Aires a distancia, con los reglamentos CIRSOC y el Código de Edificación porteño. Entregamos los planos y las planillas de estructura y la memoria de cálculo en PDF, preparados para la firma digital y con los datos para tramitar la encomienda. La firma y la encomienda las hace el profesional matriculado en el consejo que corresponde. La dirección de obra y las inspecciones quedan del lado de la obra.
Antes de pedir el cálculo, el checklist del A-704 del CPAU ordena qué le pasa el estudio al calculista y qué recibe. Si la obra tiene sótano junto a una medianera, lo que pide la Ciudad para excavar está en excavar junto a una medianera.
Preguntas frecuentes
¿Qué establece la Resolución 227/SECGDU/26?
Dos cosas, desde el 1 de noviembre de 2026. Toda documentación que requiera la firma de profesionales y se presente ante las direcciones generales de la Secretaría de Gestión y Desarrollo Urbano de la Ciudad de Buenos Aires —Registro de Obras y Catastro, Interpretación Urbanística y Estrategia Urbana e Innovación— tiene que ir con firma digital (art. 1). Y toda presentación de un profesional tiene que ir acompañada por la encomienda expedida o visada por el consejo profesional competente, firmada digitalmente por el profesional, sin excepción (art. 2).
¿Desde cuándo rige la firma digital obligatoria en CABA?
La Resolución 227/SECGDU/26 se firmó el 18 de septiembre de 2026, se publicó en el Boletín Oficial de la Ciudad n.º 7460 del 24 de septiembre y rige desde el 1 de noviembre de 2026. Los planos que se registran por TAD ya iban en PDF con firma digital desde el 1 de julio de 2020 (Resolución 51/2020); lo nuevo es que la exigencia alcanza a toda la documentación con firma profesional y suma la encomienda firmada digitalmente en cada presentación.
¿Qué es la encomienda profesional y quién la emite?
Es el registro de la tarea ante el consejo profesional donde está matriculado quien firma. La resolución pide la encomienda expedida o visada por el consejo profesional competente, y firmada digitalmente por el profesional. Para un ingeniero civil, el consejo es el CPIC, que tramita las encomiendas a distancia en su plataforma Sign Box, con firma digital.
¿Se puede seguir presentando una declaración jurada en lugar de la firma digital?
La ficha del trámite de registro de planos todavía ofrece, al cierre, el PDF firmado digitalmente o, en su defecto, una declaración jurada profesional. Esa alternativa nació en 2020, con carácter excepcional y temporal, para quienes no habían tramitado la firma digital durante la pandemia (Resolución 62/2020). La Resolución 227/SECGDU/26 exige firma digital en toda documentación con firma profesional y no prevé alternativas: conviene tener la firma digital vigente antes del 1 de noviembre.
¿Cómo se saca la firma digital?
Es la firma digital de la Ley 25.506, con un certificado emitido por una autoridad certificante licenciada. Según el CPIC, se tramita en el propio Consejo o en cualquier dependencia habilitada como autoridad de registro, y en forma gratuita. El CPIC recomienda verificar que el certificado esté vigente y tramitar las encomiendas con anticipación.
¿Qué pasa con los trámites que ya estaban iniciados?
La Resolución 227/SECGDU/26 no tiene una cláusula de transición: dice desde cuándo rige, pero no qué pasa con los expedientes en curso. Si tenés un trámite abierto con una presentación pendiente después del 1 de noviembre, lo prudente es hacerla ya con firma digital y encomienda, y consultar a la Dirección General de Registro de Obras y Catastro por el caso puntual.
Fuentes: Resolución 227/SECGDU/26 de la Secretaría de Gestión y Desarrollo Urbano del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Boletín Oficial de la Ciudad n.º 7460 del 24-sep-2026, leída entera en el PDF oficial, y su ficha en el Boletín Oficial porteño. Resolución 51/2020 de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Resolución 62/2020 de la Subsecretaría de Registros, Interpretación y Catastro, fichas del mismo Boletín. Ficha del trámite «Registro de plano de obra civil: etapa proyecto» en buenosaires.gob.ar. CPIC: página de la plataforma Sign Box y nota «Novedades del Boletín Oficial» del 30-sep-2026. Todo consultado el 24-oct-2026.
